Una de las formas más comunes de ayudar a los hijos a adquirir una vivienda, sino también para otros objetivos como la financiación de negocios o la compra de vehículos es mediante una donación de dinero o de un préstamo familiar. Donaciones inferiores a 3.000 euros no están sujetas a impuestos.
Cuando se otorga dinero para la compra de una vivienda, es fundamental formalizar el acuerdo correctamente, sea una donación o un préstamo, para evitar problemas fiscales y cumplir con las normativas.
Cuando hablamos de una donación, se trata de un regalo de dinero sin expectativa de reembolso, por lo que debe declararse y pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que varía según la comunidad autónoma. En muchos casos, este impuesto está bonificado, lo que significa que la carga fiscal puede ser reducida.
Tanto las donaciones como los préstamos entre familiares deben cumplir con ciertos requisitos legales. En el caso de un préstamo, este debe ser devuelto en el plazo acordado, con o sin intereses, lo que implica su reconocimiento como un acuerdo entre particulares.
Una de las situaciones más comunes en las que un padre presta dinero a su hijo es para ayudar con la compra de una vivienda. Los bancos suelen financiar hasta el 80% del valor de la vivienda, lo que deja a los compradores en la necesidad de cubrir el resto. En estos casos, los familiares suelen intervenir prestando la cantidad necesaria para completar la operación.
Este tipo de préstamo no se limita a padres e hijos, también puede darse entre cónyuges o de hijos a padres, y en todos los casos es importante formalizar el préstamo. Se debe redactar y firmar un contrato de préstamo que cumpla con ciertos requisitos.
Una vez firmado el contrato, es obligatorio presentar el Modelo 600 ante Hacienda. Aunque este tipo de operaciones está exenta de pago, el trámite es necesario para evitar que el préstamo sea interpretado como una donación.
Un préstamo entre familiares puede formalizarse mediante un contrato privado, aunque no es necesario acudir a un notario, esto brinda una mayor seguridad jurídica. El contrato debe incluir:
A continuación, presentamos un modelo de contrato de préstamo de padres a hijos sin intereses, que puede servir como base para formalizar esta operación.
CONTRATO DE PRÉSTAMO ENTRE PARTICULARES
En [ciudad], a [día] de [mes] de [año].
REUNIDOS
De una parte, Don/Doña [Nombre del padre/madre], mayor de edad, con domicilio en [dirección completa] y con DNI [número de documento].
Y de otra parte, Don/Doña [Nombre del hijo/a], mayor de edad, con domicilio en [dirección completa] y con DNI [número de documento].
MANIFIESTAN
ACUERDAN
Y en prueba de conformidad, firman el presente contrato en [ciudad], a [día] de [mes] de [año].
FIRMAS
[Nombre del prestador]
[Nombre del prestatario]
Realizar una donación en vida es un acto jurídico con importantes implicaciones fiscales y sucesorias, que pueden generar conflictos futuros si no se gestiona adecuadamente. Por ello, es esencial contar con el asesoramiento de un abogado especializado para garantizar que se elige la fórmula más adecuada y se cumplen todas las normativas vigentes.
Si tienes dudas al respecto, nuestro equipo de abogados civilistas y de asesores fiscales te pueden orientar:
Ya sea una donación o un préstamo, es recomendable formalizar la transacción mediante un documento público, como una escritura ante notario, aunque esto no es obligatorio. La intervención del notario ofrece una mayor seguridad jurídica y ayuda a prevenir posibles conflictos en el futuro. Además, el notario puede gestionar el trámite del Modelo 600, el cual es necesario para liquidar el impuesto correspondiente. Alternativamente, si no se acude a un notario, se debe presentar el Modelo 600 por parte del prestatario ante la Hacienda Autonómica en el plazo establecido.
Si no se formaliza correctamente un préstamo entre familiares, Hacienda podría entender que se trata de una donación y exigir el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Además, si no se declara el préstamo, el prestamista podría enfrentar problemas fiscales, ya que la Agencia Tributaria podría imputar un interés legal del dinero, aunque no se haya pactado ningún interés.
En el caso de un préstamo para la compra de una vivienda por ejemplo, si no se formaliza adecuadamente, el prestatario podría tener dificultades para justificar ante Hacienda el origen de los fondos, lo que podría derivar en sanciones fiscales.
Para evitar estos problemas, es importante que el préstamo esté correctamente documentado, ya sea mediante un contrato privado o escritura pública, y que los pagos se realicen de forma transparente, preferiblemente mediante transferencias bancarias que dejen rastro.
Los préstamos entre familiares están sujetos al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, en su modalidad de operaciones societarias, si no se estipulan intereses o si estos son inferiores a los del mercado. Sin embargo, la normativa establece que si se trata de un préstamo entre particulares (como entre padres e hijos) y no genera intereses, la operación está exenta del pago de este impuesto en muchas comunidades autónomas. En otras, la tributación es simbólica y suele aplicarse sobre un tipo reducido, generalmente el 1%.
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) establece que las donaciones entre familiares están sujetas a tributación. En el caso de donaciones entre padres e hijos, el tipo impositivo depende del valor de la donación y de la comunidad autónoma donde se realice la operación. A nivel estatal, la base liquidable se grava con tipos progresivos que van del 7,65% al 34%, en función del valor de la donación.
La donación debe formalizarse mediante escritura pública ante un notario, y el receptor debe presentar el Modelo 651 ante la Agencia Tributaria. Si la donación es de un bien inmueble, el impuesto se calculará sobre el valor real del bien.
El importe del impuesto varía dependiendo de la relación entre el donante y el receptor (hijos, padres, hermanos, etc.) y la comunidad autónoma. Generalmente, cuanto más cercano sea el parentesco, menos impuesto se paga. Las comunidades autónomas suelen ofrecer bonificaciones o reducciones importantes para las donaciones entre familiares directos. Cada comunidad autonoma ofrece bonificaciones diferentes.
Si la donacion esta estipulada en escritura publica en terminos generales los tipos impositivos aplicables serán del 5%, 7% o 9% en funcion de la cuantia.
Para saber que bonificación se aplicará en tu caso, nos puedes contactar y te asesoraremos:
Los donantes (los padres, en este caso) deben declarar la ganancia patrimonial que resulta de la diferencia entre el valor de adquisición del bien y su valor en el momento de la donación. Este incremento de patrimonio tributa en el IRPF y, en ocasiones, puede resultar una cantidad considerable, especialmente si han pasado muchos años desde la adquisición del bien.
Incluso si el hijo está casado en régimen de gananciales, los bienes donados por los padres se consideran privativos del hijo. Esto significa que el bien donado, ya sea un piso, local o terreno, pertenece exclusivamente al hijo.
Si la donación es en metálico y el hijo utiliza ese dinero posteriormente para comprar un inmueble, es necesario que el cónyuge declare ante notario que el dinero utilizado es privativo. De lo contrario, se presume que el bien adquirido será ganancial.
Cuando la donación incluye un inmueble de naturaleza urbana, el beneficiario también está obligado a pagar la Plusvalía Municipal. Este impuesto se aplica a bienes como viviendas, locales, garajes o terrenos urbanos, pero no a terrenos rústicos.
El plazo para liquidar la Plusvalía Municipal también es de 30 días hábiles desde la fecha de la donación, y este impuesto lo gestiona el Ayuntamiento donde esté ubicado el inmueble.
Tanto las donaciones como los préstamos entre familiares representan alternativas útiles para apoyar a un familiar en la compra de una vivienda o en otros proyectos, siempre y cuando se formalicen correctamente. La elección entre un préstamo o una donación debe basarse en las implicaciones fiscales y legales de cada opción, así como en la relación personal y el objetivo de la transacción. Formalizar estos acuerdos mediante contratos claros y cumplir con las obligaciones fiscales, como la presentación del Modelo 600 para préstamos, es fundamental para evitar problemas con Hacienda y garantizar la seguridad jurídica. Contar con el apoyo de un asesor especializado es clave para gestionar estos trámites y optimizar el impacto fiscal en beneficio de ambas partes.
Si tienes dudas sobre cómo gestionar un préstamo entre familiares o una donación y necesitas asesoramiento legal para formalizar el acuerdo, es recomendable acudir a un experto en la materia para asegurarte de cumplir con todas las normativas fiscales.