Le informamos sobre las últimas novedades publicadas en el Decreto Ley 39/2020, de 3 de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter social para hacer frente a las consecuencias del COVID-19:
Redactado por Cyrielle Agut
Abogada laboral y fiscal
El Departament de Treball propone una ayuda extraordinaria y puntual, de pago único, de un importe fijo de 2.000,00€ para aquellas personas trabajadoras autónomas dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o por cuenta propia se la Seguridad Social (RETA) que ejerzan la actividad económica como persona física a título individual o con personas trabajadoras a su cargo.
Para acceder a esta ayuda, se tendrán que cumplir los requisitos siguientes:
- Tener su domicilio fiscal en un municipio de Cataluña.
- Estar en situación de alta en el RETA, o en una mutualidad como sistema alternativo al RETA de forma ininterrumpida, de acuerdo con lo que se determine en las correspondientes convocatorias.
- La base imponible de la última declaración de renta de las personas físicas disponible de la persona solicitante debe ser igual o inferior a 35.000 euros, en caso de acogerse al sistema de tributación individual, y de igual cuantía, en relación con la parte de la base imponible correspondiente al solicitante, en caso de acogerse al sistema de tributación conjunta.
- El rendimiento neto de la actividad de los tres primeros trimestres de 2020 no debe superar el importe de 13.125 euros.
Las solicitudes y otros trámites asociados al procedimiento de concesión de las subvenciones y su justificación se deben presentar según modelos normalizados y siguiendo las indicaciones que estarán disponibles en el espacio Trámites de la Sede electrónica de la Generalidad de Cataluña.
A tener en cuenta que se podrá acceder a esta ayuda hasta que se agote del presupuesto destinado para ello.
Para cualquier duda pueden contactar con Cyrielle Agut