Redactado por Josep Conesa
Abogado laboral y concursal
Las conductas que se premian con reducción a la cotización son las siguientes:
Pueden optar a este incentivo todas las empresas que coticen a la seguridad social por contingencias profesionales.
Requisitos que deben cumplir las empresas:
Dependiendo del volumen de cotización de las empresas, se establecen dos sistemas distintos de incentivos, con algunas diferencias en sus requisitos. Así, encontraremos un primer grupo de empresas, que son las que durante un periodo que la norma denomina 'periodo de observación' alcancen un volumen de cotización por contingencias profesionales superior a 5.000 euros. Y un segundo grupo de pequeñas empresas que coticen por un valor inferior durante el citado periodo.
Los requisitos para ser beneficiario de incentivos serán distintos para uno y otro grupo de empresas.
Requisitos para las empresas que coticen más de 5.000 euros:
Requisitos para las pequeñas empresas:
Los requisitos para las pequeñas empresas son los mismos que para las que hayan cotizado 5.000 euros por contingencias profesionales, con dos salvedades:
Periodo de observación: son los ejercicios naturales consecutivos e inmediatamente anteriores al de solicitud (que no hayan formado parte de una solicitud anterior), con un máximo de cuatro ejercicios.
Una vez alcanzado el volumen mínimo de cotización para las empresas que no soliciten el incentivo comenzará un nuevo periodo de observación.
Índice límite de siniestralidad: estos valores de siniestralidad que han de servir de base para la concesión de los bonus se fijarán anualmente en la Orden por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social (contenida en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado).
Cuantías de los bonus
Empresas que coticen más de 5.000 euros:
El incentivo puede alcanzar hasta el 5% de las cuotas por contingencias profesionales de cada empresa. Se podrá alcanzar el 10% si los periodos de observación son consecutivos y en el inmediatamente anterior se ha percibido el incentivo.
En cualquier caso, nunca se podrá superar el límite marcado por las inversiones realizadas.
Pequeñas empresas:
El incentivo tendrá como límite máximo 250 euros para el primer periodo de observación, que se elevará a 500 euros en el segundo periodo y siguientes (siempre que en el inmediatamente anterior se haya percibido el incentivo).
Este despacho puede asesorar acerca de las medidas a llevar a cabo para la obtención de los bonus en las cotizaciones a la Seguridad Social. En caso de tener cualquier duda respecto de los requisitos exigidos (que varían según el tipo de empresa), no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo de abogados laboralistas a fin de asegurar la obtención de reducciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.