the Art of being legal


Modificaciones en la ley de extranjería

Se ha presentado una reforma de la Ley Orgánica que regula los Derechos y las Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.

Josep Conesa. abogado laboralista (Barcelona)

 

Redactado por Josep Conesa

Abogado laboral y concursal

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Dados los cambios en el tipo de inmigración que recibe España, se ha hecho necesaria una modificación de la Ley para adaptarla a los cambios de estos cinco últimos años.

Esta Ley está destinada a los extranjeros en situación regular que se encuentran en España, con exclusión de los extranjeros que gozan de nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea. Indirectamente, también afecta a los extranjeros que se encuentran en España en situación irregular puesto que este proyecto les brinda algunos derechos que hasta ahora sólo habían sido reconocidos por la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional pero que no estaban plasmados por la legislación positiva.

Esta reforma tiene algunos objetivos básicos que nos disponemos a exponer:

  • Garantizar los derechos fundamentales. Estos derechos son los que se entienden inherentes a la persona por el mero hecho de ser persona. Por ello, tal y como ya venía recogiendo la jurisprudencia Constitucional, resultaba absurdo que la Ley no reconociese tales derechos a los extranjeros irregulares que se encuentran en nuestro país.
  • Se busca construir un acceso a la residencia de larga duración mediante un proceso de derechos escalonados a partir de la residencia legal de los extranjeros que lleguen al país.
  • Establecer una verdadera vinculación entre los movimientos inmigratorios y las necesidades reales del mercado de trabajo con el fin de intentar que los extranjeros que lleguen encajen en el perfil de los puestos de trabajo vacantes.
  • Favorecer una mejor integración de los inmigrantes. Para eso hay que dotar de medios suficientes a las Administraciones encargadas de desarrollar las políticas.
  • Combatir la inmigración ilegal con medias tanto preventivas, controlando las llegadas clandestinas, como con medidas de acción directa, agilizando las repatriaciones.

Las principales acciones que se desarrollan en este proyecto legislativo son las siguientes;

  • Definir las prioridades de la política migratoria, en la integración de los inmigrantes, la canalización legal y ordenada de flujos migratorios y la lucha contra la inmigración irregular, y establece su desarrollo, de acuerdo con la política común europea de inmigración, en la cooperación con terceros países de origen y tránsito de inmigración y en coordinación de las actuaciones entre las Administraciones Públicas con competencias en este ámbito.
  • Prepara la Ley para la gestión adecuada de la política migratoria integral, integradora y sostenible que España necesita en los próximos años.
  • Mejora las garantías de derechos fundamentales para todos los extranjeros.
  • Sitúa la integración de los inmigrantes como eje central de la política migratoria.
  • Eleva a la Ley los acuerdos ya existentes con los agentes sociales que vinculan la llegada de inmigrantes a la situación del mercado de trabajo.

Recoge medidas que aumentan el control de inmigración irregular y la eficacia de los sistemas de repatriación, sin merma del elevado nivel de garantías y seguridad jurídica del que goza nuestra legislación.

Medidas concretas que se desarrollan en distintos ámbitos:

Integración Social

La nueva Ley quiere dar máxima importancia a la integración de los inmigrantes y apuesta por la construcción de un modelo social en el que convivan distintas identidades y culturas.

El único límite a esta diversidad debe ser el respeto a las leyes y la Constitución. Para ello es necesario que esta nueva ley contemple medidas que sepan transmitir nuestros valores constitucionales a los extranjeros. Algunas de esas medidas para favorecer la integración son: colaborar con el aprendizaje del castellano como del resto de lenguas co-oficiales, escolarizar a los menores de edad y ofrecer acceso al empleo.

Reagrupación familiar

Tal vez es este el ámbito en el que encontramos novedades de mayor interés por los cambios que acontecerán. Hay tres novedades principales:

  • Se intensifica la rigurosidad en la comprobación de las condiciones económicas y de vivienda con la que cuenta la persona reagrupante.
  • Todos los reagrupados que estén en edad de trabajar recibirán desde el principio una autorización para poder trabajar.
  • Se facilitará con antelación la información conveniente a las autoridades educativas para que conozcan de los casos en los que se vaya a reagrupar a menores que estén en edad escolar.

 

Por un lado, esta reforma va a permitir equiparar a los compañeros sentimentales con la figura del cónyuge a los defectos de reagrupación familiar. Pero por otro lado, la ley plantea una restricción respecto a las actuales condiciones para la reagrupación de los ascendientes.

Sólo será posible la reagrupación de los ascendientes cuando el reagrupante haya adquirido el derecho a la residencia de larga duración, el ascendiente esté a su cargo, tenga más de 65 años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España.

Canalización legal y ordenada de los flujos migratorios

La reforma legal eleva los acuerdos a los que el Gobierno y los agentes sociales llegaron en 2004, para desarrollar una política de inmigración laboral que vincula la llegada a España de nuevos inmigrantes a las necesidades del mercado laboral, y establece que los trabajadores vengan de su país de origen legalmente y con contrato de trabajo. Concretamente, la reforma:

  • Vincula el inicio de la autorización de residencia y trabajo al contrato de trabajo efectivo y al alta en seguridad social.
  • Establece la concreción de la situación nacional de empleo en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura.
  • Limita las autorizaciones iniciales a una ocupación y ámbito geográfico, de acuerdo con los motivos que dieron lugar a su concesión
  • Crea un procedimiento específico de residencia a los efectos de investigación científica.
  • Regula la movilidad de los residentes de larga duración en otros países de la UE que quieran residir en España vinculándola a una actividad productiva.
  • Moderniza la Administración para dotar de más agilidad a los trámites a través de la comunicación electrónica.
  • Establece nuevas infracciones para quienes insten la autorización de un extranjero pero luego no lo contratan y para quienes simulan una relación laboral con el propósito de obtener una autorización.

 

Lucha contra la inmigración irregular

La Ley contempla una serie de mejoras en el ámbito de la lucha contra la inmigración irregular que persiguen profundizar en los instrumentos preventivos, aumentar la eficacia de los procedimientos de repatriación, de acuerdo con las Directivas europeas y la mejora de las garantías en las distintas situaciones que pasamos a comentar;

Se incorporan las siguientes Directivas:

  • La relativa a la expedición de un permiso de residencia a nacionales de terceros países que sean víctimas de la trata de seres humanos o hayan sido objeto de una acción de ayuda a la inmigración ilegal, que cooperen con las autoridades competentes.
  • La relativa a la obligación de los transportistas de comunicar los datos de las personas transportadas.
  • La asistencia en casos de tránsito a efectos de repatriación o alejamiento por vía aérea.
  • La relativa a normas y procedimientos y comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación de estancia ilegal.

 

La reforma legal permitirá potenciar los instrumentos preventivos, tales como:

  • La entrada y salida podrá ser registrada por las autoridades españolas a los efectos de control de su período de permanencia legal en España.
  • Las compañías de transporte deberán comunicar a las autoridades una relación de las personas transportadas y tratada de acuerdo a la protección de datos de carácter personal.
  • Establece más facilidades para hacer posible la colaboración de las víctimas de trata de seres humanos en la desarticulación de las redes que promueven la inmigración y la explotación ilegal de los inmigrantes

Asimismo, la Ley incorpora el régimen común de tratamiento de los Estados Miembros de la UE para los extranjeros que se hallan en situación irregular. Como ya se dijo en su día, la adaptación de esta normativa en España conlleva soluciones que aumentan la seguridad jurídica y que implican más eficacia en los procedimientos. Así, se va a incorporar la mención expresa a principios como el de proporcionalidad y el de no devolución, junto con la posibilidad de dar un período de salida obligatoria, entre 7 y 30 días, al extranjero sometido a una Orden de expulsión, o la reducción de la prohibición de entrada, que pasará de un máximo de 10 a otro de 5 años.

La Directiva para el retorno de los nacionales de terceros países en situación de estancia ilegal, establece plazos de internamiento máximos de dieciocho meses, que desde nuestro punto de vista han de verse como mejoras para algunos de los Estados de la UE que tenían plazos de internamiento indefinidos y que con la norma común estarán obligados a respetar. En el caso español, con Directiva o sin ella, se ha demostrado que los plazos actuales de internamiento no son suficientes en determinadas ocasiones para acometer ciertas expulsiones y, por tanto, se plantea aumentar los mismos de manera muy medida, de 40 a 60 días.

Voto de extranjeros y menores no acompañados

Se pretende dar un impulso político al reconocimiento del derecho al sufragio para los extranjeros, si bien lo regulado en la Ley nunca supone un obstáculo en el futuro inmediato sobre la decisión del Parlamento acerca del alcance del derecho al voto de los extranjeros.

Se modifica el régimen de repatriación de los menores extranjeros no acompañados que lleguen irregularmente a España, incluyendo la posibilidad de repatriación, de acuerdo con el interés superior del menor, con el fin de que puede ser acogido por las autoridades de protección de menores de su país.

Nuevas infracciones e incremento de las sanciones

  • Para evitar el "sobreempadronamiento" de viviendas o el tráfico entre particulares de falsos empadronamientos con el propósito de obtener los beneficios reales o futuros que puede otorgarles nuestro sistema.
  • Para dar una respuesta sancionadora al matrimonio celebrado en fraude de ley (los llamados matrimonios de conveniencia).
  • Para evitar la reagrupación al margen de los cauces legalmente previstos, se podrá sancionar a quienes promuevan la estancia irregular de sus familiares.

 

Se propone un aumento de las sanciones económicas para todas las infracciones. Las infracciones leves, tendrán un máximo de 500 euros, las graves, un máximo de 10.000, y las muy graves podrán llegar hasta los 100.000 euros.

Fecha de publicación: 31 diciembre 2008

Última actualización: 4 abril 2023