the Art of being legal


SILICOSIS: ENFERMEDAD PROFESIONAL

  1. Tipos de silicosis según la gravedad.
  2. ¿Cómo se reclaman los daños y perjuicios?
  3. ¿Cómo se puede aumentar la pensión de incapacidad hasta un 50%?
  4. Cómo contratar a los mejores especialistas en accidentes y enfermedades profesionales

La silicosis como accidente o enfermedad profesional: daños y responsabilidades:

La silicosis es una de las enfermedades profesionales más conocidas. En los países en desarrollo encabeza hoy la lista de enfermedades respiratorias de origen laboral.

Josep Conesa. abogado laboralista (Barcelona)

 

Redactado por Josep Conesa

Abogado laboral y concursal

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La silicosis es la neumoconiosis producida por inhalación de partículas de sílice. Se entiende por neumoconiosis la enfermedad ocasionada por un depósito de polvo en los pulmones con una reacción patológica frente al mismo, especialmente de tipo fibroso.

Es pues una enfermedad fibrósica-pulmonar de carácter irreversible y considerada enfermedad profesional incapacitante en muchos países. Es muy común en el sector relacionado con la minería, metalurgia, fundición, las industrias relacionadas conquímicos, pinturas, cerámicas, mármol, vidrieras, aisladores, pulimentos, tuberías, termoaislantes, mampostería y construcción.

¿Qué puede un abogado reclamar por silicosis?

  • La pensión de invalicez: total para la profesión habitual, absoluta o gran invalidez.
  • Un aumento de la pensión de hasta un 50%: a través del recargo de prestaciones.
  • Unos daños y perjuicios: hasta 300.000€ o más, depediendo de la gravedad.
  • Una sanción para la empresa.
  • Delito: sanción penal para la empresa.

Tipos de silicosis:

Dependiendo del menor o mayor nivel de sílice cristalina existen tres tipos de silicosis:

Silicosis crónica: ésta resulta de la exposición prolongada (más de 20 años) a bajas cantidades de polvo de sílice. Este polvo causa inflamación en los pulmones y ganglios linfáticos del tórax. Esta enfermedad puede hacer que las personas tengan dificultad para respirar y es la forma más común de silicosis.

Silicosis acelerada: ésta se presenta después de la exposición a cantidades mayores de sílice en un período más corto (de 5 a 15 años). La inflamación de los pulmones y los síntomas ocurren más rápidamente que en la silicosis simple.

Silicosis aguda, la cual resulta de la exposición a cantidades muy grandes de sílice durante corto tiempo. Los pulmones se inflaman bastante y se pueden llenar de líquido, lo que causa una dificultad respiratoria grave y una bajada de los niveles de oxígeno en la sangre.

Es muy posible que aparezcan otras enfermedades como el Cáncer de Pulmón, la Enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) y la Tuberculosis. Sus síntomas son: Fiebre, Pérdida de peso, Sudores nocturnos, Dolores en el pecho e Insuficiencia respiratoria.

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Factores que intervienen en la aparición o desarrollo de la neumoconiosis:

En este tipo de enfermedad no se puede generalizar. Hay diversos factores que van a "configurar" el desarrollo de neumoconiosis y el tiempo que va a tardar en aparecer (periodo de latencia). Estos son:

  1. Factores dependientes del polvo (características fisico-químicas, como forma y tamaño de las partículas, composición, etc.)
  2. Factores de exposición: intensidad, duración, medidas higiénicas adoptadas,
  3. Factores individuales: capacidad "inmunitaria" del individuo, antecedentes, hábitos tóxicos, estado de las vías aéreas.

Es casi imposible tener la certeza de cuándo ha comenzado el periodo "silente" de la enfermedad, pues no podemos diagnosticarla hasta que se hace visible. Por tanto, es necesario valorar cada caso individualmente.

Prevención:

La única medida para prevenir esta enfermedad es el control del polvo respirable y el diagnóstico precoz, así como integrar la prevención en todos los niveles de la empresa, con actuaciones como:

– Controlar la exposición de las personas trabajadoras al polvo de sílice.

– Utilizar medios técnicos de control como ventilaciones localizadas y cabinas de aislamiento.

– Formar a las personas trabajadoras acerca de los efectos del polvo de sílice en la salud.

– Humedecer las superficies de trabajo antes de limpiarlas. Utilizando para ello aspiradoras o barriendo con la superficie mojada.

– Utilizar siempre los Epis adecuados.

– Asearse adecuadamente, y ponerse ropa limpia antes de abandonar el lugar de trabajo.

Aún así, la realidad se impone. Existen sectores donde donde la prevención de riesgos laborales llega tarde y mal.

En el sector de la piedra, por ejemplo, parece claro que no todos tenían conocimiento que el Silestone pudiera provocar estas secuelas. Ni el Servicio Ajeno de Prevención de Riesgos Laborales había evaluado el riesgo, ni había recomendado medida de prevención alguna o equipo de protección apropiado, ni el Servicio de Vigilancia de la Salud realizaba los controles o evaluaciones médicas adecuadas.

Consecuencias legales:

 

reclamación de daños y perjuicios:

Existen pues unas consecuencias nada prometedores para las empresas del sector, generalmente pequeñas y atomizadas, muchas de las cuales son autónomos que responden de los daños y perjuicios causados de su actividad económica con sus bienes presentes y futuros. Es decir, la póliza de responsabilidad civil alcanzará hasta donde alcanzará, pero a partir de ahí será el autónomo quien responderá personalmente.

Por eso conviene reclamar contra todas las empresas para las cuales prestó servicios el trabajador.

 

 

¿como aumentar la pensión de invalidez hasta el 50%?

Existe, además, el famoso recargo de prestaciones a la Seguridad Social (que aumenta el importe las pensiones del trabajador de un 30% a un 50%) cuyo importe no cubre la Aseguradora (porque no puede asegurarse) y será la empresa (sociedad o persona física) a quien la Seguridad Social le exigirá el pago capitalizado del mismo (es decir, la seguridad social calcula la esperanza de vida del trabajador y se exige toda su cuantía en un sólo pago).

En cualquier caso la Seguridad Social se hará cargo del pago del recargo.

Calcule ahora su posible recargo de prestaciones en el siguiente enlace: 

CALCULAR EL RECARGO DE PRESTACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL

 

 

¿CÓMO DEBO RECLAMAR SI SOY UN TRABAJADOR?

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¿como Debo enfrentarme a todo ello si soy una empresa?

En Conesa Legal asesoramos y hacemos prevención legal ante accidentes laborales porque sabemos como podemos defenderlo en el Juzgado. Hace años que tratamos y defendemos asuntos de accidentes en los Juzgados, y vemos que existen dos problemas importantes con el recargo de prestaciones:

1º) Lo primero es que dicha figura viene acompañada de una sanción administrativa. El problema no es su importe, que generalmente suele ser bajo. El problema es que la empresa abona su importe y no lo recurre, pensando que el acta del recargo que lo acompaña es “la misma cosa”. Y como cree que es “lo mismo”, en muchísimas ocasiones no lo impugna y le vence el plazo para hacerlo. Esto provoca la nefasta consecuencia que a posteriori la Seguridad Social capitaliza el recargo y le exige su importe, íntegro. Lo que no suele ser barato…

2º) El segundo problema con que nos encontramos es que la jurisprudencia actual avala aún esta figura en España. En nuestra opinión tiene defensa. Se puede fundamentar que el recargo es un figura obsoleta, preconstitucional y nula. Exponerlo ahora seria demasiado extenso, pero hay argumentación legal como para fundamentar una buena demanda y plantear recursos con sólidos fundamentos legales.

Pero estos, no son los únicos riesgos graves para la empresa, sino que se enfrentará, como decíamos a los daños y perjuicios, que el trabajador puede reclamar por vía laboral, o incluso penal.

En vía penal la prescripción del delito ha jugado un papel importante para absolver a algunas empresas del sector (pues los síntomas de la enfermedad pueden aparecer tarde). Y también hay alguna jurisprudencia absolviendo a las empresas, señalando que el riesgo de la silicosis, en la manipulación del Silestone, era un riesgo emergente no conocido.

Aún así, la reclamación de daños y perjuicios puede hacerse igualmente por vía laboral. Lo importante será entonces, como decíamos, revisar la cobertura de la póliza. Puede que no cubra lo suficiente o exista un sublímite por víctima. Y puede que las Aseguradores detecten ahora el riesgo y quieran dejar de cubrirlo o aumentar las primas para cubrirlo.

Existe pues alguna solución una vez libradas tantas batallas judiciales? Que pasa si pierdo todas las demandas?

Pues bien, la verdad es que se puede plantear alguna acción siempre que a la empresa le queden ánimos y dinero.

Lo primero seria realizar un estudio caso por caso para valorar si cabe repetir contra el servicio de prevención. Es decir, la empresa ha contratado a un servicio para detectar los riesgos en la empresa y una vigilancia de la salud cuya misión ha fallado. Habrá que ver si es así, pues también esa empresa gozará de una póliza de responsabilidad civil.

Lo segundo es estudiar si cabe repetir contra la empresa fabricate del material. Cuando se fabrica un producto, en este caso un producto registrado como marca, deberá informar de los riesgos que supone su manipulación. Por lo que sabemos, en este sector, no existió una información suficiente sobre los riesgos que suponía tratar ese material.

¿como Debo enfrentarme a todo ello?

Recuerdo un caso en el que, por los motivos explicados, a la empresa se le pasó el plazo para impugnar el recargo de una enfermedad profesional. Cuando le vino cuantificado por la Seguridad Social el recargo ascendía a 127.000 euros y le fue imposible abonar su importe. Era una empresa relativamente pequeña y lidiaba en un sector que había perdido el margen comercial desde hacía años.

Adoptamos lo que pudiera parecer la peor medida posible, pero es una medida totalmente necesaria ante determinadas situaciones: tuvimos que plantear un concurso de acreedores.

Ante esta nueva situación es conveniente realizar un check-list o auditoria laboral en prevención de riesgos laborales, para que desde un punto de vista legal lo tengamos todo bien y con capacidades de defensa.

Le proponemos que haga click en el siguiente enlace para facilitarnos sus documentos y encargarnos una auditoria legal para prevenir y defender de la mejor manera lo que pudiera ser un accidente de trabajo o enfermedad profesional en su empresa: CHECK-LIST - AUDITORIA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Ante cualquier duda que se le plantee, contacte conmigo sin problema.

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Fecha de publicación: 13 mayo 2018

Última actualización: 14 enero 2024