Ha salido publicada en el BOE la normativa para el aplazamiento de impuestos anunciado.
Redactado por Josep Conesa
Abogado laboral y concursal
SOLAMENTE a aquellas empresas con un volumen de facturación inferior a 600.000 euros en el 2019 (para el resto seguirá siendo el 20 de abril de 2020 el plazo de presentación), y son:
- El plazo máximo de presentación de las declaraciones de este trimestre se pasa al 20 de mayo de 2020, y el plazo para las domiciliaciones será hasta el 15 de mayo.
- En las declaraciones ya presentadas con domiciliación en cuenta, no se efectuará el cargo hasta el 20 de mayo.
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