Me imagino que la mayoría de nosotros hemos guardado al menos una vez un número en nuestro móvil con el nombre de «Spam» o hemos bloqueado el número por completo para hacer frente a la avalancha de llamadas de gente que intenta vendernos algo.
También me imagino que tú, como empresario, no quieres que tu empresa tenga la reputación de ser una de «esas» empresas.
Sin embargo, como veremos en este artículo, aunque las Listas de Exclusión Publicitaria (como la nueva Lista Stop Publicidad y la famosa Lista Robinson) existen para reducir el número de «esas» empresas, la mejor forma de respetar la intimidad de tus contactos, cumplir con la normativa de protección de datos y evitar sanciones por publicidad no deseada es realizar comunicaciones de marketing únicamente a clientes y a quienes hayan dado su consentimiento explícito.
Paralegal
La Lista Stop Publicidad, como la famosa Lista Robinson, es un sistema de exclusión publicitaria voluntario que permite a las personas inscribirse de forma gratuita para evitar recibir comunicaciones comerciales no deseadas, y se lanzo el 31 de enero de 2025. Una vez transcurridos 30 días desde la inscripción, las empresas tienen prohibido enviar publicidad a los inscritos a través de medios como teléfono, SMS, correo electrónico u otros. Este mecanismo ofrece a los usuarios un control sobre las comunicaciones comerciales que reciben, contribuyendo a la protección de su privacidad y al cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos.
Quienes pretendan realizar comunicaciones de mercadotecnia directa, deberán previamente consultar los sistemas de exclusión publicitaria que pudieran afectar a su actuación, excluyendo del tratamiento los datos de los afectados que hubieran manifestado su oposición o negativa al mismo. Para consultar la Lista Stop Publicidad, las empresas deben registrarse en la plataforma oficial y contratar el servicio correspondiente. Una vez suscritas, pueden acceder a la aplicación web proporcionada por la Asociación Española para la Privacidad Digital, donde compararán sus listas de marketing con la Lista Stop Publicidad. Este proceso de comparación en línea identifica las coincidencias, permitiendo a las empresas excluir de sus campañas a las personas inscritas que no desean recibir comunicaciones comerciales. La Lista Stop Publicidad no se descarga; en su lugar, las empresas suben sus propios archivos para realizar la comparación y obtener los resultados pertinentes.
No, incluso si una persona se ha dado de alta en una de estas listas, aún puedes realizar comunicaciones comerciales (como newsletters), si es cliente tuyo y la comunicación se refiere a productos o servicios tuyos similares a los que ha comprado anteriormente, o si te ha otorgado a ti su consentimiento para recibir publicidad de tu empresa. Sin embargo, por supuesto, si ejerce su derecho a oponerse al tratamiento de sus datos para este fin, debes respetarlo.
¿La actividad de tu empresa se centra en la publicidad? Es posible que tengas la obligación de contratar a un delegado de protección de datos:
Hoy en día, las comunicaciones electrónicas (correos electrónicos, Whatsapps, etc.) y las llamadas telefónicas constituyen un gran porcentaje de las comunicaciones de marketing, y las circunstancias en las que se pueden llevar a cabo estas comunicaciones ya están reguladas por la ley. Por lo tanto, si sigues estas reglas, ya deberías tener claro que únicamente te comunicas con las personas permitidas, incluso antes de consultar las Listas. Echemos un vistazo a la ley:
Es decir, si se te ha otorgado el consentimiento para enviar correos electrónicos/mensajes/etc. comerciales o si has obtenido legalmente los datos de contacto de tu cliente y te estás poniendo en contacto con él en relación con servicios/productos relacionados a los ya contratados, entonces la ley te favorece.
Aquí también, vemos que no deberías hacer llamadas telefónicas de marketing a menos que tengas el consentimiento del contacto para hacerlo o puedas legitimarlo de otra manera, y la AEPD ha declarado que puedes legitimarlo si:
Al inicio de cada llamada deberéis informar al contacto de la identidad de la empresa o de la persona por cuenta de la cual le llamáis, indicarle la finalidad comercial de la llamada y la posibilidad de revocar el consentimiento o ejercer el derecho de oposición. Las llamadas deberán grabarse como medio de demostrar el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos personales.
Ten en cuenta que si quieres comunicarte con los contactos de otro miembro de tu grupo empresarial con fines comerciales, ese miembro debe obtener primero el consentimiento de su contacto para poder compartir sus datos de contacto contigo por ese motivo. El consentimiento dado a un miembro de un grupo empresarial no equivale al consentimiento a todos.
El reciente lanzamiento de la Lista Stop Publicidad sirve de importante recordatorio a las empresas sobre sus responsabilidades en materia de la protección de la intimidad y los datos personales de sus contactos a la hora de realizar campañas de mercadotecnia. Aunque quienes pretendan enviar comunicaciones de mercadotecnia directa deben consultar previamente los sistemas de exclusión publicitaria publicados en la web de la AEPD, ésta también señala, en sus consejos a los particulares que «pese a que te hayas inscrito en estas listas de exclusión publicitaria, los comerciantes pueden remitirte publicidad de sus productos o servicios si eres cliente o si les has dado tu consentimiento.» Por lo tanto, es de suma importancia que sigas las normas anteriormente mencionadas con respecto a los destinatarios y el contenido de tus comunicaciones.
Si necesitas asesoramiento sobre cómo cumplir con la normativa de protección de datos en tus campañas de marketing, en CONESA LEGAL estamos aquí para ayudarte. Contáctanos y garantizaremos que tu empresa opere dentro del marco legal con total seguridad.