CRITERIOS INTERPRETATIVOS SILENCIO POSITIVO EN LAS RESOLUCIONES ERTE:

AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA RESOLVER:
- Carácter motivado y mediante acuerdo adoptado por la autoridad laboral que deberá notificarse a los interesados, podría ampliarse el plazo para resolver por un periodo equivalente, de manera que el plazo de 5 podría pasar a 10 días.
SUSPENSIÓN DEL PLAZO PARA RESOLVER:
- También puede suspenderse el plazo máximo para resolver:
- Cuando deba requerirse a cualquier interesado para la subsanación de deficiencias o la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesarios, por el tiempo que medie entre la notificación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario, o, en su defecto, por el del plazo concedido.
- Cuando el órgano competente para resolver decida realizar alguna actuación complementaria de las previstas en el artículo 87, desde el momento en que se notifique a los interesados el acuerdo motivado del inicio de las actuaciones hasta que se produzca su terminación.
¿TE HA GUSTADO?

¿NECESITAS MÁS INFORMACIÓN?

¿CREES COMPARTIRLO CON AMIGOS?
.svg.png?width=111&name=240px-Facebook_f_logo_(2019).svg.png)
¿CREES COMPARTIRLO CON COLEGAS?

¿TE PODEMOS AYUDAR?

SOMOS ESPECIALISTAS:
EXPLÍCANOS TU CASO:

¿ES URGENTE?
Doctrina sobre el silencio positivo en los casos de ERTE CGGSE