Nuestro equipo de profesionales puede ayudarle en los despidos, suspensiones o reducciones que obedecen a razones:
Son procedimientos colectivos en los que hay que probar motivos económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP).
El ERE o despido colectivo es el procedimiento de negociación que debe llevar a cabo la empresa para extinguir contratos por motivos ETOP cuando se superan los umbrales que marca la ley.
Un ERTE es un ERE que sólo contempla medidas temporales, es decir, reducción de jornada o suspensión de días, pero no despidos.
Después de la nueva normativa existen dos procedimientos:
Esta vía te permite combinar despidos con medidas temporales.
Tiene los siguientes plazos de tramitación:
PASO 1
PASO 2
PASO 3
PASO 4
PASO 5
PASO 6
El ERTE previsto en lo relacionado con el Covid-19 tiene las siguientes especialidades:
- El periodo de negociación tendrá un plazo máximo de siete días.
- La comisión negociadora debe constituirse en el plazo de 5 días.
- La comisión negociadora se formará por los sindicatos más representativos del sector en el convenio colectivo y de no ser posible la formarán tres trabajadores elegidos de entre la plantilla.
La ley y la jurisprudencia exige que se cumplan las formalidades del procedimiento de despido colectivo, por lo que recomendamos un asesoramiento eficaz que encontrará en el equipo de Conesa Legal.
PIDE AYUDA SIN COMPROMISO:
Es importante contar con la ayuda de un experto tanto a la hora de comunicar y negociar con la plantilla, como para evitar que el despido colectivo sea declarado nulo.
Necesitamos que nos hagas llegar la siguiente documentación para confeccionar una pericial o un informe económico que justifique las razones:
Nuestro conocimiento de la realidad laboral en la empresa nos ha permitido defender tanto a empresas, como a trabajadores en procesos de reestructuración de empresas. Creemos que el derecho laboral es una moneda de dos caras: la de la empresa y la de los trabajadores. Conocer los derechos y obligaciones de ambas partes es fundamental en la negociación colectiva, y en la defensa de los derechos de una u otra parte en el Juzgado.
El despido colectivo, la suspensión temporal de las condiciones de trabajo, la negociación colectiva, la modificación colectiva de las condiciones de trabajo, el establecimiento de un nuevo marco a través de un convenio colectivo de empresa, la doble escala salarial, el planteo de un concurso ante una situación de imposibilidad de afrontar los pagos necesarios para seguir con la actividad empresarial, las reclamaciones ante el Fogasa, etc. Todo ello se ha convertido en una especialidad de este despacho, que gestionamos a través de un completo equipo de profesionales con experiencia y conocimientos precisos en materia laboral, de negociación colectiva, de economía y contabilidad, y además en concursal.
Los economistas evalúan la situación desde un punto de vista objetivo, ofreciendo si es posible planes de viabilidad alternativos. Diagnosticado el problema pueden ser necesarias diferentes medidas laborales para tratar de corregir aquellos problemas que se hayan identificado.
Para el caso que la empresa se encuentre ante una suspensión de pagos o una quita de la deuda para solucionar el problema, contamos con administradores concursales dispuestos a asesorar en materia concursal, por lo que podemos gestionar la situaciones de insolvencia que sean precisas.
Hemos asistido con discreción y éxito multitud de asuntos, defendiendo los intereses de la empresa en unos casos, y los intereses de los trabajadores en otros.
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