Nueva Ley Concursal

Indice

LEY CONCURSAL VERSIÓN CONSOLIDADA 2022:

Ley concursal 2022

  1. LIBRO I: Del concurso de acreedores
    1. Solicitud del deudor
    2. Nuevas normas retribución administrador concursal (Artículo 86 LC)
    3. Garantía arancelaria
      con la que se garantiza un mínimo retributivo a los administradores concursales en caso de conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa
    4. Presentación de la propuesta de convenio
  2. LIBRO II: Del derecho pre-concursal
  3. LIBRO III: Procedimiento especial para microempresas: Link más información concursos para microempresas
  4. LIBRO IV: De las normas de derecho internacional privado

NOVEDADES NUEVA LEY CONCURSAL:

  • Se elimina la posibilidad de la propuesta anticipada de convenio, la junta de acreedores y su tramitación escrita.
  • Se introduce la posibilidad de modificación de convenios
  • Se introduce necesariamente la calificación en esta fase.
  • La eliminación de los planes de liquidación, tal y como se conocían hasta ahora.
  • Nueva regulación de los créditos contra la masa y de la insuficiencia de masa.
  • El concurso sin masa: link a publicación de blog sobre el concurso sin masa.
  • Se consolida el TRLC sobre la sucesión de empresas por venta de unidad productiva en el concurso, por lo que queda claro que el juez del concurso es el único competente para declararla, con la importancia que tiene a los efectos laborales y de seguridad social.
  • Importantes novedades en el estatuto de la Administración concursal (capacitación y nuevas reglas en sus honorarios, entre las que destaca la regla de la duración).
  • Se regula el pre-pack concursal.
  • Introduce novedades en el BEPI o beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (ahora EPI)
    • no siempre será necesaria la liquidación previa de los bienes del deudor para el perdón de sus deudas
    • se mantiene la imposibilidad de exonerar créditos públicos, excepto un tope de 10.000 euros para Hacienda y otros 10.000 euros de la Seguridad Social, pero existen resoluciones que empiezan a dictar lo contrario de conformidad con la jurisprudencia de la UE.
    • Se prevé expresamente la obligación que las entidades de información crediticia (registros de morosos) actualicen la información de las personas exoneradas, para que así puedan acceder a financiaciones.
    • Incluye un nuevo régimen de la vivienda habitual en el EPI.

preconcurso:

PLANES REESTRUCTURACIÓN:

  • El eje del nuevo preconcurso son los planes de reestructuración como instrumentos preconcursales
    • Modelo Modelo 684 
    • Se dice adiós a los actuales acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago. Modificaciones del preconcurso: los planes de reestructuración
    • Se introduce el experto en reestructuraciones.
    • Posibilidad de que los acreedores que representen más del 50 % del pasivo afectado soliciten previamente una confirmación judicial facultativa de las “clase de acreedores”.
      • Si el plan es aprobado por todas las clases de créditos y por el deudor y sus socios, se introduce como nueva causa de impugnación la prueba del interés superior de los acreedores.
      • Si no ha habido consenso de todos esos agentes se opta por la regla de la prioridad absoluta: “nadie puede cobrar más de lo que se le debe ni menos de lo que se merece”.

NUEVAS TECNOLOGÍAS:

  • Se prevé que se dispondrá de nuevas tecnologías asociadas a los procedimientos de insolvencia
    •  Un programa de cálculo automático del plan de pagos, accesible en línea y sin coste para el usuario, con inclusión de distintas simulaciones de plan de continuación.
    • formularios oficiales, accesibles en línea y sin coste, previstos para la gestión e impulso del procedimiento especial de microempresas.
    • Un servicio de asesoramiento a pequeñas y medianas empresas en dificultades en un estadio temprano de dificultades
    • Web para el autodiagnóstico de salud empresarial.
    • Portal de liquidaciones en el Registro público concursal. 

Cuando entra en vigor la nueva ley concural:

La reforma concursal entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE, con excepción del Libro tercero (procedimiento especial de microempresas) y la DA 11ª, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2023; y el art. 689.2, que entrará en vigor cuando se apruebe el reglamento a que se refiere la DT 2ª de la Ley 17/2014, de 30 de septiembre.

Además, las DT 1ª a 6ª establecen las reglas transitorias, entre las que destaca, por ejemplo, que los concursos declarados antes de la entrada en vigor de la reforma se regirán por lo establecido en la legislación anterior, pero con excepciones que afectan, entre otros aspectos: al informe de la administración concursal, acciones rescisorias, propuestas de convenio o modificaciones de convenio posteriores a dicha entrada en vigor; liquidación de masa activa con apertura posterior a la entrada en vigor; o solicitudes de (B)EPI posterior a la entrada en vigor.

Información antiguo texto refundido ley concursal

REGISTROS PÚBLICOS y administración pública

PLATAFORMA LIQUIDACIÓN ACTIVOS

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REGISTRO IMPAGADOS JUDICIALES: 

Sirve para agilizar y garantizar la ejecución de deudas judiciales.

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CÓMO PUBLICAR UN EDICTO JUDICIAL DE UN CONCURSO EN EL BOE:

BOE

REGISTRO PÚBLICO CONCURSAL: ¿CÓMO SÉ SI ALGUIEN ESTÁ EN CONCURSO?

Administración pública

Registro Público Concursal para conocer si un tercero está en concurso

registro de mediadores:

Administración públicaRegistro

PORTAL DE SUBASTAS BOE:

Peninsula redondito

- Portal de subastas de unidades especialidadas

cómo comunicar a hacienda el concurso:

AEAT redondito c-1

Cómo comunicar el concurso a la seguridad social:

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RECURSOS NUEVA LEY CONCURSAL

Jurisprudencia

Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil.
Tipo de resolución: Sentencia
Fecha: 30/06/2023
Recurso: 5624/2019
Ponente: Ignacio Sancho Gargallo

Resumen: Concurso de acreedoras. Responsabilidad del administrador concursal por daños ocasionados a un acreedor contra la masa.

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Tribunal: Audiencia Provincial de León. Sección nº 1.
Tipo de resolución: Sentencia
Fecha: 28/03/2023
Recurso: 3/2023
Ponente: Maria Teresa Cuena Boy

Resumen: Concurso de persona física. Calificación como culpable del concurso. Falta de razonable justificación del recurso a financiamiento externo y del sobreendeudamiento generado.

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Tribunal: Audiencia Provincial de Badajoz. Sección nº 2.
Tipo de resolución: Sentencia
Fecha: 28/03/2023
Recurso: 507/2022
Ponente: Fernando Paumard Collado

Resumen: El embargo del cuenta corriente tuvo lugar con posterioridad a la conclusión del concurso y con posterioridad al cese, en sus funciones, del Administrador Concursal que hoy promueve el Incidente Concursal del que trae causa este Recurso de apelación. Desestimación de la demanda de incidente concursal.

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Tribunal: Audiencia Provincial de Pontevedra. Sección nº 1.
Tipo de resolución: Sentencia
Fecha: 22/03/2023
Recurso: 969/2022
Ponente: Manuel Almenar Belenguer

Resumen: Concurso persona física empresaria. Reconocimiento del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. Desestimación del recurso oponiéndose por parte de la TGSS.

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Tribunal: Audiencia Provincial de Pontevedra. Sección nº 1.
Tipo de resolución: Sentencia
Fecha: 28/02/2023
Recurso: 970/2022
Ponente: Francisco Javier Menendez Estebanez

Resumen: Denegación de la concesión del Beneficio de exoneración de pasivo insatisfecho. El arte. 488 TRLCon. exige, para la obtención del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, que se hubieran satisfecho en su integridad los créditos contra la masa y los créditos concursales privilegiados y, si reuniera los requisitos para poder hacerlo, que el deudor hubiera celebrado o, al menos, intentado celebrar un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores-

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Tribunal: Juzgado de lo Mercantil de Santander. Nº 2.
Tipo de resolución: Auto
Fecha: 11/07/2023

Resumen: Inadmisión de solicitud de concurso voluntario. La apertura del procedimiento especial de microempresas (PEM) requiere la presentación de una solicitud cumplimentando previamente el formulario normalizado del arte. 691.2 TRLC. El deudor podrá presentar nueva solicitud de apertura del procedimiento especial del Libro III del TRLC.

Texto completo en el archivo adjunto


Tribunal: Juzgado de lo Mercantil de Pontevedra. Nº 1.
Tipo de resolución: Sentencia
Fecha: 01/07/2023

Resumen: Incidente concursal presentado por la Administración Concursal frente a la concursada sobre rescisión de actos perjuidiciales para la masa activa. Mala fe. Créditos nuevos concedidos por entidades bancarias con la mayor parte de su importe avalado por el Estado. Rescisión y total ineficacia del pago o amortización realizado por la concursada.

Texto completo en el archivo adjunto


Tribunal: Juzgado de lo Mercantil de Madrid. Nº 4.
Tipo de resolución: Auto
Fecha: 19/06/2023
Nº Auto: 136/2023
Magistrada: Olga Ahedo Peña

Resumen: Concurso de persona física. Solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho con liquidación de la masa activa. Buena fe de la deudora. Estimación de la exoneración.

Texto completo en el archivo adjunto


Tribunal: Juzgado de lo Mercantil de Valencia. Nº 2.
Tipo de resolución: Sentencia
Fecha: 12/06/2023
Magistrado: Jacinto Talens Seguí

Resumen: Denegación de la exoneración del pasivo insatisfecho al deudor puede concurrir la causa del ordinal 5ª del Arte. 487-1 TRLC. por haber omitido el deudor patrimonio en la solicitud del concurso,

Texto completo en el archivo adjunto


Tribunal: Juzgado de lo Mercantil de Albacete. Nº 1.
Tipo de resolución: Sentencia
Fecha: 04/05/2023
Recurso: 301/2022
Ponente: Eva Martinez Cuenca

Resumen: Exoneración del pasivo insatisfecho respecto de la totalidad de los deudos insatisfechos, sin perjuicio de las excepciones o créditos no exonorables previstos en los aparta- dos 1º a 8º del art. 489.1 TRLC, respecto de los que los acreedores mantendrán sus acciones contra el deudor y podrán promover la ejecución judicial o extrajudicial.

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Tribunal: Juzgado de lo Mercantil de Oviedo. Nº 2.
Tipo de resolución: Sentencia
Fecha: 17/04/2023
Recurso: 632/2022
Ponente: Miguel Angel Alvarez-Linera Prado

Resumen: Reconocimiento al deudor del beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, con los límites establecidos en el art. 489.1.5ª del TRLC.

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Tribunal: Juzgado de lo Mercantil de Oviedo. Nº 2.
Tipo de resolución: Sentencia
Fecha: 29/03/2023
Recurso: 677/2022

Ponent: Miguel Angel Alvarez-Linera Prado

 

Resum: Reconocimiento al deudor de la exoneración del pasivo insatisfecho en los límites que han quedado expuestos y conforme al plan de pagos presentado, al que no se verá afectado el crédito de derecho público sino en las cuantías legalmente previstas. Asimismo, queda fuera de la exoneración el crédito que titula Caja Rural.

 

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