the art of being legal


Reclamar las costas en un caso de justicia gratuita

¿Que es justicia gratuita?

La justicia gratuita es aquella en la que una persona que cumpla los requisitos, puede disponer de abogado y procurador sin tener que abonar sus servicios. 

Albert Perez redonda

 

Redactado por Albert Perez 

Asesor laboralista

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¿Qué es el derecho a la asistencia jurídica gratuita?

El derecho a la asistencia jurídica gratuita, consagrado en la Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita, es un pilar fundamental en la administración de justicia. Este derecho garantiza que las personas físicas,  que cumplan ciertos requisitos específicos, pueden disponer de abogado y procurador sin tener que abonar sus servicios. Este beneficio de justicia gratuita es esencial para asegurar un acceso equitativo a la justicia, tanto para personas físicas como para personas jurídicas, incluyendo a menores de edad.

¿Se pueden reclamar las costas en el contexto de la justicia gratuita?

Sí, el artículo 36.2 de la Ley de Justicia Gratuita establece que una persona beneficiaria de la justicia gratuita puede estar obligada a pagar las costas procesales y cualquier condena en costas impuesta en un proceso judicial, siempre que experimente una mejora en su situación financiera en un plazo de tres años.

Existen dos vías para reclamar las costas en este escenario:

  1. Comunicación a la Comisión de Asistencia Jurídica: La persona interesada debe informar a la Comisión de Asistencia Jurídica sobre la mejora económica del beneficiario. La comisión llevará a cabo una investigación y determinará si se revoca la justicia gratuita, lo que implicaría la obligación de pagar las costas, o si la persona puede seguir siendo beneficiaria. Esto asegura que el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita se ajuste a la situación de la persona en cuestión.
  2. Envío de un escrito al juzgado: La persona interesada puede enviar un escrito al juzgado anunciando la mejora económica de la persona beneficiaria. El tribunal decidirá si debe enviar o no el escrito a la comisión pertinente para su evaluación.

Esto garantiza que el proceso de condena en costas se aplique de manera justa y equitativa en el marco de la administración de justicia y el servicio público que proporciona.

 

 

 

Adjuntamos modelo: 

 

Al JUZGADO AL QUE SE DIRIGE

 

N· Procedimiento

 

Dª NOMBRE APELLIDOS, Procuradora de los Tribunales y de NOMBRE APELLIDOS, según tengo acreditado en los autos arriba referenciados, comparezco ante ese Juzgado, y, como mejor proceda en Derecho,

 

Que, mediante el presente escrito y bajo la dirección Letrada de NOMBRE APELLIDOS, interpongo escrito de COMUNICACIÓN DE HECHOS DE MEJOR FORTUNA, del beneficiario del derecho a la tutela judicial efectiva NOMBRE APELLIDOS, en el proceso judicial seguido en NUMERO DE Autos, sobre la base de las siguientes alegaciones:

 

PRIMERA.- La Comisión de Justicia Gratuita reconoció el derecho de NOMBRE APELLIDOS a la asistencia jurídica gratuita, en el proceso seguido ante el NUMERO DE Juzgado de LOCALIDAD, , en Autos NUMERO, en el que mi mandante actuó como parte demandante.

 

SEGUNDA.- En la tramitación del proceso judicial indicado el Juzgado emitió la Sentencia nº XXXXX, de día FECHA DE LA SENTENCIAS, por la que estimaba las pretensiones de mi mandante, y al amparo del artículo 394 de la Ley 1/2000, condenaba en costas al demandado. En estas circunstancias, me considero legitimado para interponer esta comunicación, teniendo en cuenta que, de acuerdo con el artículo 36.2 de la Ley 1/1996, de asistencia jurídica gratuita, si el titular del derecho a la justicia gratuita resulta condenado en costas, únicamente vendrá obligado a la satisfacción de los gastos de mi defensa y representación, si en el plazo de tres años, viniere a mejor fortuna.

 

TERCERO.- Con posterioridad a la fecha del reconocimiento del derecho, y dentro de los tres años siguientes a la terminación del proceso, el demandado ha venido a mejor fortuna PUESTO QUE (MOTIVOS POR LOS QUE HA VENIDO A MEJOR FORTUNA), de tal suerte que en este momento es posible presumir que sus ingresos y recursos económicos por todos los conceptos superan el cuádruplo del salario mínimo interprofesional. En consecuencia, de acuerdo con el artículo 36 de la ley de asistencia jurídica gratuita, quedará obligado a pagar las costas causadas en defensa de mi mandante.

Por lo expuesto

 

Al Juzgado formulo la siguiente PETICIÓN:

Que tenga por presentado este escrito de COMUNICACIÓN DE HECHOS DE MEJOR FORTUNA, con sus documentos y copias, se sirva admitirlo, y previa la comprobación de los hechos alegados, y la solicitud del expediente de reconocimiento del beneficio de Justicia Gratuita, en su día dicte Resolución, por la que acuerde la pérdida del derecho a la justicia gratuita por NOMBRE APELLIDOS, y declare el derecho de esta parte al cobro de las costas de defensa y representación.

Es justicia que pido en localidad a __ de ___ de _____

 

 

NOMBRE PROCURADOR                                                NOMBRE ABOGADO 

 

 

 

 

 

 

 

Fecha de publicación: 26 octubre 2023

Última actualización: 15 noviembre 2023