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Violencia de genero en el trabajo

La violencia sexista puede darse y se da en todos los ámbitos tanto de la vida privada como pública de una persona. Mucho se ha hablado de la violencia doméstica pero no hay que olvidar que también sucede en otros ámbitos como puede ser la empresa y, en este sentido, es importante conocer las medidas para su prevención así como las obligaciones para trabajadores y empresarios.

Josep Conesa. abogado laboralista (Barcelona)

 

Redactado por Josep Conesa

Abogado laboral y concursal

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El Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya ha elaborado un folleto informativo  en el que analiza las formas en las que se manifiesta la violencia sexista en el trabajo, las consecuencias que comporta y el papel que debe ocupar la empresa en su prevención y detección.

La violencia de género en el ámbito laboral puede ser física, sexual o psicológica y puede presentar dos tipologías: acoso por razón de sexo y acoso sexual. Este tipo de violencia puede darse tanto en el centro de trabajo y dentro de la jornada laboral como fuera, siempre que tenga relación con el trabajo.

El acoso por razón de sexo constituye un comportamiento no deseado que está relacionado con el sexo de una persona que aprovecha una situación de acceso al trabajo, de promoción laboral, de ocupación o formación para atentar contra la dignidad de las mujeres y crearles un entorno intimidatorio, humillante y hostil.

Algunos ejemplos de cómo se emplea este tipo de acoso: Realizando de forma habitual comentarios  de contenido ofensivo e insultante dirigidos a la mujer o en presencia de ella, otorgándole sistemáticamente trabajos que son de una categoría inferior a la que le corresponde. Por ejemplo: pidiéndole que sirva café o limpie...

El acoso sexual lo constituye cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico de índole sexual y no deseado que tenga como objetivo o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una mujer.

Este tipo de acoso puede materializarse mediante contacto físico no deseado de un compañero hacia una mujer que no cesa aunque ella haya exteriorizado su malestar, mediante coacción sexual como condición para la promoción laboral...

Las razones que pueden motivar la violencia de género en el ámbito laboral son de diversa naturaleza. Desde los estereotipos que tradicionalmente han envuelto al papel del hombre y la mujer, trasladados al ámbito laboral, pasando por el deseo de obtener un beneficio sexual utilizando situaciones de poder, hasta el deseo de humillar a una mujer que ocupa un lugar de trabajo que otro individuo considera un trabajo de hombres.

Conoce toda la información sobre como debe gestionarse un accidente de trabajo:

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Obligaciones del empresario ante la violencia de género

La Ley para la Igualdad Efectiva entre Hombres y Mujeres establece la prevención del acoso sexual en el trabajo como un deber de toda empresa. Este deber se determinar en: promover condiciones de trabajo igualitarias que prevengan el acoso así como habilitar conductos para que las personas que lo sufran puedan denunciarlo.

Aunque la ley no obligue a implementar un plan de igualdad, es importante adoptar medidas específicas que puedan prevenir el acoso, hay que disponer de una política anti-acoso que conozcan todos los trabajadores y trabajadoras de la plantilla. Ello probará que la empresa ha hecho lo posible por evitar situaciones de violencia de género.

Para las empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores o aquellas obligadas por su convenio colectivo es obligatorio que cuenten con un plan de igualdad en el que se adopten medidas para la eliminación de la discriminación entre hombres y mujeres.

En este sentido les apuntamos algunas de las medidas que pueden adoptar en su empresa, para lo cual estamos a su plena disposición para asesorarle:

  • Manifestar desde la dirección de la empresa al conjunto de los trabajadores el rechazo a todo tipo de conducta que pueda considerarse como degradante o de acoso.
  •  Asegurarse de que el Departamento de Recursos Humanos y el servicio de prevención de la empresa cuentan con formación específica en materia de igualdad en materia de igualdad de oportunidades mujer-hombre y riesgos psicosociales.
  • Garantizar herramientas suficientes a los empleados para que puedan comunicar posibles casos de violencia con carácter confidencial.
  • Asegurar que existen mecanismos para frenar las posibles represalias de las que pudiera ser víctima una mujer que denuncie  un caso de violencia.
  • Establecer sanciones para las personas que propicien situaciones de violencia hacia las mujeres en el ámbito laboral.

Si deseas más información acerca de como prevenir el acoso mediante un plan de igualdad te ofrecemos el siguiente enlace.

Fecha de publicación: 1 enero 2010

Última actualización: 12 abril 2023