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Cómo cambiar el convenio colectivo y negociación colectiva

Los asuntos de negociación colectiva son muy casuísticos, y se necesita ser especialista en negociación colectiva para delimitar los límites de los derechos y obligaciones en un convenio colectivo o en los acuerdos con los representantes de los trabajadores.

Artículo escrito por

Josep Conesa Sagrera

Abogado laboralista

Josep Conesa is a Spanish and English-speaking labour lawyer who holds a master’s degree in European law and Fundamental Rights. Over 25 years of esperience. We’d be delighted to legally help you too, in your language whenever possible.

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Cambio de convenio colectivo:

MODIFICACIÓN COLECTIVA DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Nulidad de la decisión adoptada por la empresa, por la que procede a cambiar el convenio colectivo que resulta aplicable a la relación jurídica de trabajo, modificando la jornada de trabajo y su sistema de remuneración y cuantía salarial. La empresa no ha alegado la concurrencia de causas
económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifique el cambio de convenio, habiéndose limitado a aportar un documento denominado "análisis de los procesos organizativos y productivos" elaborado por un economista que concluye determinando cuál es el convenio colectivo que mejor se adapta a la empresa de acuerdo con su ámbito funcional, lo que excede de sus competencias.

La Audiencia Nacional estima la demanda formulada por el sindicato sobre conflicto colectivo y declara la nulidad de la decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo llevada a cabo por la empresa.

" El convenio colectivo estatutario es una norma, integrada en el sistema de fuentes del derecho del trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 ET , cuya aplicación no es disponible, puesto que vincula a todos los empresarios y trabajadores, incluidos dentro de sus ámbitos funcionales, personales y territoriales, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 37, 1 CE , en relación con el artículo 82, 3 ET , siendo criterio reiterado y pacífico en la jurisprudencia, por todas, sentencias del TS 10-07-2000 ;TS 20-01-2009 , rec. 3737/2007 ypor la doctrina judicial, por todas, sentencia del TSJ Cantabria 12-09-2008 , que el convenio colectivo aplicable viene determinado por la actividad preponderante de la empresa ".

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