CONSERVAS LAS BONIFICACIONES EN LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:
- cuando el contrato de trabajo se extinga por despido disciplinario declarado como procedente,
- dimisión,
- muerte,
- jubilación
- incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez
- fin del llamamiento de las personas con contrato fijo-discontinuo,
- en el caso de contratos temporales cuando el contrato se extinga por expiración del tiempo convenido
- en el caso de contratos temporales cuando el contrato se extinga por la realización de la obra o servicio
- cuando no pueda realizarse de forma inmediata la actividad objeto de contratación.
- Situación de concurso:
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incumplimiento generalizado de obligaciones de alguna de las clases siguientes:
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las de pago de obligaciones tributarias exigibles durante los tres meses anteriores a la solicitud de concurso ;
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las de pago de cuotas de la Seguridad Social, y demás conceptos de recaudación conjunta durante el mismo período ;
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las de pago de salarios e indemnizaciones y demás retribuciones derivadas de las relaciones de trabajo correspondientes a las tres últimas mensualidades.
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