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Reclamaciones de daños por silicosis y defensa del abogado laboralista

Llevamos varios años defendiendo a empresas talleres marmolistas y a trabajadores afectados por silicosis. Después de varios juicios e inspecciones hemos alcanzado algunas conclusiones que deseamos compartir, y que además vemos muy bien plasmadas en el documental "La silicosis del siglo XXI" presentado por Lorenzo Milà

¿Qué causa la silicosis?

Actualmente la principal causa de la enfermedad profesional silicosis ha sido en los últimos años la introducción de productos aglomerados como Silestone, Compac, Caesartone, Okite…fabricados por empresas como Cosentino, Levantina, etc. porque cuando se manipulan producen partículas de tamaño respirable que queda suspendido en el aire.

Es cierto que la silicosis era una enfermedad conocida en el sector de la piedra, pero era poco usual ver casos porque hasta la aparición de estos nuevos materiales se trabajaba con piedra natural que contenía poco porcentaje de sílice (entre un 15 y un 30%), pero los nuevos materiales contienen un porcetaje de entre un 95% y un 97% de sílice.

Además las personas que se veían afectadas ya tenían una edad avanzada, y ahora estamos viendo jóvenes con 25, 30, 40 años ya afectados por silicosis y todos ellos han trabajado principalmente aglomerados de cuarzo.

¿puedo pedir responsabilides al fabricante?

Nuestro entender es que tanto en recargo de prestaciones como en daños y perjuicios el juez debería estudiar si el fabricante ha cumplido correctamente el artículo 41 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y por tanto, debería juzgarse el cumplimiento del deber de informar correctamente sobre la composición y peligrosidad del producto además de las medidas de protección necesarias y adecuadas.

Además, los Juzgados de lo Social deberían considerar la vis atractiva de la jurisdicción social en este caso y de evitar una peregrinación judicial por las demás jurisdicciones, entre otras cosas porque este peregrinaje cuesta tiempo y dinero que los talleres marmolistas no consiguen resistir, promoviendo que el fabricante evite ser juzgado.

Las sentencias como la de la Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección 2ª, Sentencia 90109/2017 de 2 May. 2017, Rec. 26/2017, que confirma la sentencia del Juzgado de lo Penal N°. 1 de Bilbao, Sentencia 293/2016 de 30 Oct. 2016, Rec. 236/2014, aunque absuelvan por prescripción, confirman la condena del fabricante de aglomerados en este caso Cosentino por deficiencias de información en las fichas de seguridad.

¿Qué de tipos de silicosis existen?

En esta web del Ministerio de Trabajo se ofrecen explicaciones muy didácticas sobre los tipos de silicosis:

La silicosis simple es la más común.

Diferencia entre cuarzo, sílice, sílice cristalina y cristobalita

En la misma web del Ministerio de Trabajo sobre tipos de silice se explica muy bien los tipos de sílice:

Lo importante es saber que los la fracción respirable es la que provoca la enfermedad profesional porque son tan pequeños que son capaces de ir más allà de los cilios respiratorios, que son las protecciones que tenemos en los pulmones, en forma de cabello para protegernos de microbios y residuos medioambientales.

cilios

¿Cuánto tiempo se necesita para coger una silicosis?

Te acuerdo con esa misma información del Ministerio de Trabajo es necesario conocer los años que el trabajador ha estado expuesto al sílice.

Dosis acumulada de sílice = Concentración de polvo respirable en mg/m3 x Porcentaje de sílice libre x Nº de años de exposición.

¿Són responsables lo Servicios de Prevención de Riesgos Laborales ante los casos de silicosis?

Si los servicios de prevención no han realizado correctamente su trabajo, por ejemplo no contemplando el riesgo en sus evaluaciones de riesgos, es muy posible que pudieran ser responsables. Otra tema es si esa responsabilidad se verá en la jurisdicción social o en la jurisdicción civil.

Lo cierto es que, en nuestra opinión, tanto los Servicios de Prevención, como el sector milenario de la marmolería, como el propio legislador se vieron vendidos ante la introducción en el mercado de los productos aglomerados de mármol porque, incluso la ley cambió el límite de exposición pasando de 0,05 mg/m3 a 0,1 mg/m3 a partir del 31/12/2021.

Es por tanto un síntoma que tanto las fichas de seguridad, como la valoración del daño del producto, estaba muy mal evaluada desde el principio de estos productos aglomerados.

 

¿Cubre la póliza de responsabilidad civil en los casos de enfermedad profesional por silicosis?

Nos encontramos con que la mayoría de talleres instaladores son sociedades de responsabilidad limitada, con una media de entre 5 y 10 trabajadores que son quienes manipulan el producto que es, mayoritariamente, aglomerados de cuarzo.

Estos talleres se encuentran con demandas de daños de cuantía importante y ante recargos de prestaciones que también tienen cuantías muy considerables, y lo más triste es que sus pólizas no cubren las enfermedades profesionales, y tampoco pueden asegurar el recargo de prestaciones porque está prohibido por ley.

Lamentablemente, además, muchos trabajadores acaban por no percibir una compensación por los daños que padecen porque las empresas plantean un concurso de acreedores ante las cuantías elevadas a que son condenandas por sentencia extinguiendo, además, los contratos de los demás trabajadores. 

Abogado laboralista Barcelona

Fecha de publicación: 24 febrero 2024

Última actualización: 2 marzo 2024