the art of being legal


El Convenio de Empresa: la estrella invitada de la reforma de la negociación colectiva

La tendencia desde hace más de un par de décadas es la desregularización del ámbito laboral. Desde la reforma introducida por la Ley 11/1994 se ha intentado disminuir progresivamente el protagonismo de la ley para cedérselo a los convenios. Esto responde a la creencia de que son los propios sectores los idóneos para alcanzar los acuerdos que mejor respondan a sus necesidades.

Josep Conesa. abogado laboralista (Barcelona)

 

Redactado por Josep Conesa

Abogado laboral y concursal

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La actual reforma de la negociación colectiva modifica la jerarquía de la normativa laboral y presenta como elemento estrella al Convenio de Empresa. Sin afectar demasiado la legislación existente, a través de este tipo de convenio, las empresas pueden fijar nuevas reglas de juego.

¿Qué es un Convenio de Empresa? Son los acuerdos con fuerza de ley que alcancen el empresario y “algunos trabajadores”. A diferencia de los convenios sectoriales, que los firman los sindicatos, los de empresa pueden ser negociados directamente con el comité de empresa, delegados de personal o secciones sindicales.
Hasta ahora, los convenios de empresa no podían regular muchos aspectos que se reservaban para los convenios sectoriales estatales, autonómicos o provinciales pero mediante esta reforma que invierte la pirámide jerárquica, el convenio de empresa puede regularlo todo y es de aplicación preferente, salvo en casos puntuales previstos. Se trata de una gran oportunidad para todas las empresas que no vean cubiertas sus necesidades concretas en los convenios sectoriales, ahora, pueden hacer el suyo propio.

¿Qué aspectos pueden regular ahora los convenios de empresa con aplicación preferente? Como hemos adelantado, son muchos los extremos: la cuantía del salario base y de los complementos salariales; la retribución de las horas extraordinarias o su compensación; la retribución del trabajo a turnos; la distribución del tiempo de trabajo, sin que pueda aumentar la jornada máxima del convenio sectorial; la planificación anual de las vacaciones, que aún respetando el número de días que establezca el convenio sectorial,  podrá modificar su distribución; la clasificación profesional de los trabajadores, las empresas pueden crear categorías propias; las modalidades de contratación, la empresa podrá adaptarlas a sus necesidades, por ejemplo, pudiendo definir las causas que justifican los contratos de obra o servicio determinado; las medidas que favorezcan la conciliación laboral, familiar y personal, pudiendo modificar lo establecido en el convenio sectorial en todo salvo la reducción voluntaria de jornada hasta los 8 años del menor.

Además de todo lo ya expuesto, en Bufete Conesa Asociados hace ya tiempo que aconsejábamos en algunos casos que las empresas hiciesen un convenio propio (que hasta el momento no gozaba de tanta autonomía de pactos) para evitar el engorroso manejo de hasta 12 convenios provinciales en los departamentos de Recursos Humanos de empresas que actuaban en distintos puntos geográficos.

Como se observa, el nuevo rol del convenio de empresa, bien entendido, despeja grandes obstáculos a la flexibilidad interna en las empresas. Ahora, cada empresa individual, cuente o no con convenio sectorial, podrá hacer su propia norma y pactar con algunos de sus trabajadores (siempre que el convenio del sector no establezca una prohibición expresa). Desde nuestro punto de vista, quien entienda el abanico de pactos que esto supone, verá que no se trata de una reforma sin novedades.

Desde el momento en que la norma a aplicar se escribe a partir de los pactos que se alcancen, el arte de la negociación toma una importancia absoluta y no puede dejarse sino en manos expertas. En Bufete Conesa Asociados tenemos años de experiencia como negociadores de convenios colectivos sectoriales, además de conocer en profundidad las necesidades de las empresas y los entresijos y vicisitudes de la gestión sindical y con los representantes de los trabajadores. Utilizar convenientemente la oportunidad de crear en el seno mismo de la empresa una norma hecha a medida, dependerá en gran parte de un buen asesoramiento.

Fecha de publicación: 29 julio 2011

Última actualización: 4 abril 2023