the art of being legal


La minuta del abogado laboralista desgrava 300 euros

Apreciado cliente:

Con el ánimo de ayudarle legalmente le transmitimos esta información relativa a la posibilidad de deducir nuestra minuta relativa a cualquier encargo laboral relacionado con un litigio, hasta los 300€.

De acuerdo con el Artículo 19 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, son gastos deducibles de su rendimiento de trabajo:

 

e) Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, con el límite de 300 euros anuales.

Por defensa jurídica debemos entender demanda judicial en la que intervenga un profesional del Derecho, que defienda los intereses del cliente, en los desacuerdos de quien perciba rendimientos (empresa).

f) En concepto de otros gastos distintos de los anteriores, 2.000 euros anuales.

Además, tratándose de contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, se incrementará dicha cuantía, en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente, en 2.000 euros anuales adicionales.

Tratándose de personas con discapacidad que obtengan rendimientos del trabajo como trabajadores activos, se incrementará dicha cuantía en 3.500 euros anuales. Dicho incremento será de 7.750 euros anuales, para las personas con discapacidad que siendo trabajadores activos acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

Los gastos deducibles a que se refiere esta letra f) tendrán como límite el rendimiento íntegro del trabajo una vez minorado por el resto de gastos deducibles previstos en este apartado.

Contácta con tu abogado laboralista si tienes cualquier duda:

CONTACTAR

Fecha de publicación: 2 julio 2024

Última actualización: 18 septiembre 2024