Redactado por Josep Conesa
Abogado laboral y concursal
¿Como conseguir un despido procedente?: la valoración de la gravedad de los hechos de un despido corresponde al juez. Pero quien debe probar los hechos es la empresa ya que es ella quien los imputa. Es en la prueba donde radica en la mayoría de casos radica el éxito de un litigio. En RRHH el cliente debe tener al mejor laboralista desde el minuto 0. No tan sólo será quien encamine la prueba, sino que será quien la valore pensando como probar los hechos en juicio.
En este caso la empresaria decidió defender en juicio la procedencia de la decisión que tomó de despedir a su contable. Ello a pesar de la poca indemnización que suponía, pues la improcedencia ascendía a sólo 2.322,43 € (tenía menos de un año de antigüedad).
El jefe de contabilidad cometió graves errores en la ejecución de su trabajo: irregularidades significativas en la presentación y liquidación del IVA; disfunciones contables graves como pasar facturas duplicadas; perder facturas; pagar facturas sin contabilizarlas; dejar de girar remesas; no cargar gastos a los clientes, etc.
El Juzgado de lo Social consideró que a pesar de existir y sobretodo estar probados estos errores, no eran suficientes para considerar que el despido pudiera calificarse de procedente.
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, en su sentencia 695/2014, de 30 de enero de 2014, ha revocado la sentencia del Juzgado de lo Social afirmando que ha de apreciarse una falta de disposición o, incluso desidia, en los servicios comprometidos por el citado trabajador que obligan a considerar transgredidos gravemente los deberes de fidelidad y probidad asumidos en su relación laboral, y a considerar concurrentes las causas de despido definidas en los mandatos legales alegados por la empresa.
El Tribunal Superior de Justicia estima que las acciones y hechos imputados en la carta de despido, que han constado probados en juicio, justifican la procedencia del despido dado el perfil técnico y de máxima responsabilidad que cabe atribuir a un “Responsable de Administración”.
Quedará pendiente conocer como finalizará esta asunto ya que fue imposible alcanzar acuerdo alguno ante la insistencia del trabajador en reclamar una gran cantidad de horas extras. Ahora la empresa no tan sólo duda que pueda probar estas horas, porque no existieron, sino que ante esa demanda anunció en su día reconvención al trabajador por daños y perjuicios causados por sus irregularidades, cantidad que la empresa estima ascienden aproximadamente 27.280 €.