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Posible supresión de la ayuda del 40% del FOGASA

Con la justificación que se pretende recuperar para el Fondo de Garantía Salarial su naturaleza de entidad de aseguramiento, limitando su intervención como institución de garantía en aquellos supuestos de insolvencia o concurso empresarial, desincentivando el despido y fomentando el mantenimiento del empleo, el actual gobierno está apostando por suprimir el apartado 8 del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, es decir, la famosa ayuda del 40% (u ocho días) a las empresas de menos de 25 trabajadores que procedan a realizar un “despido objetivo” o resolución del contrato de trabajo por motivos objetivos (económicos, técnicos, organizativos o de producción).

Josep Conesa. abogado laboralista (Barcelona)

 

Redactado por Josep Conesa

Abogado laboral y concursal

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Después de la última reforma laboral ya se toparon a la baja las indemnizaciones que abonaría el Fondo de Garantía Salarial, estableciendo el duplo y no el triple del salario mínimo interprofesional como cantidad máxima para realizar el cálculo.

También suprimieron que fueran las empresas las que pudieran acudir a rescatar esa ayuda limitándolo sólo al trabajador.

Es probable que en las próximas semanas el Gobierno proceda a su eliminación definitiva, lo que está provocando un aumento de los despidos objetivos para poder beneficiarse de la ayuda de Fogasa minimizando el impacto de los 20 días antes de que surja la ley.

Por otro lado, en el momento que dé la supresión de la ayuda, habrá que ver como se gestionan las solicitudes de los trabajadores ante ese organismo, pues para presentar la solicitud Fogasa da cita previa a un mes vista. Por el momento este despacho está utilizando ventanilla única para su presentación.

Fecha de publicación: 17 diciembre 2013

Última actualización: 17 abril 2023