the art of being legal


¿Se puede dejar de pagar el salario a final de mes?

Se acerca final de mes y no tengo liquidez en la empresa para abonar las nóminas:

Para nada vamos a alentar a ningún empresario a dejar de abonar salarios. Pero la falta de liquidez inmediata puede ser una realidad que hay que afrontar. Te recomendamos afrontar los problemas de la empresa con mucha transparencia: este es un problema de tod@s y vamos a solucionarlo entre tod@s

Josep Conesa. abogado laboralista (Barcelona)

 

Redactado por Josep Conesa

Abogado laboral y concursal

Saber más

 

- puedes solicitar las ayudas financieras covid-19:

Link a BOE 14/03/20 Real Decreto 463 por el que se declara el Estado de Alarma, de 14 de marzo 2020

- puedes aplazar las deudas a la seguridad social si estás al corriente de pago:

Con esta opción ganas liquidez. Puedes hacerlo tú mismo en este enlace:

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- puedes Acordar con el trabajador que se pueda posponer parte de la nómina del mes.

Aquí tienes un modelo de acuerdo:
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¿Cómo puedo pactar algo si el trabajador está en casa y no se puede firmar?

Te proporcionamos estas dos herramientas que son muy útiles y tienen eficacia probatoria:

- Sistema envío de mails certificados para hacer notificaciones con validez

- Herramienta obtener firmas electrónicamente con validez probatoria 

- SI NO HAY MÁS REMEDIO PUEDES LLEGAR A ABONAR UN PORCENTAJE DEL SALARIO:

La empresa debe abonar puntualmente el salario y es uno de los motivos por los que un trabajador puede extinguir su contrato de trabajo. Pero un retraso puntual no justifica tal extinción y así lo avala la jurisprudencia siempre y cuando el empresario pueda justificar la situación que impide cumplir con la obligación de pago. Si se probare que el empresario abusa de la situación los jueces avalarían extinciones de contrato, incluso con la posibilidad de castigarse con daños y perjucios.

- SI NO HAY MÁS REMEDIO SE PUEDE DEJAR DE ABONAR LA PAGA EXTRA:

La jurisprudencia también ha avalado que en los casos que esté justificado dadas las dificultades de la empresa, ésta pueda llegar a dejar de abonar las dos pagas extraordinarias. Es importante conocer esta información porque en la situación actual todos tenemos que mirar a largo plazo y no a corto.

- si no hay remedio se puede llegar a dejar de aBONAR el MES:  

Reiteramos lo mismo que en el punto anterior.

Sólo añadiremos que la jurisprudencia ha avalado, siempre que este probada la necesidad de la empresa, que el impago de hasta tres meses no da lugar a la extinción indemnizada por voluntad del trabajador por incumplimiento en el abono del salario. Sigue existiendo la obligación de abonar el salario, pero si existe causa que justifique el impago de la empresa y lo pruebe, tal impago puntual no da lugar a que el trabajador pueda extinguir su contrato unilateralmente.

anticipamos un colapso legal:  

Hace mas de 30 años que en Barcelona hay 33 Juzgados de lo Social. Tiene lógica en esos tiempos tardaran unos 5 meses en dictar sentencia y ahora estén tardando más de un año en poder dictar resolución que juzgue las reclamaciones de cantidad entre empresarios y trabajadores.

Estimamos un aumento aún mayor de demandas tras la irrupción del virus Covid-19, por lo que puede que un incumplimiento empresarial tarde mucho más en resolverse.

A tener en cuenta que las reclamaciones de cantidad generan un 10% de interés en mora en las deudas de cantidad.

PUEDES SOLICITAR UNA MORATORIA O UN APLAZAMIENTO DE DEUDAS A LA SEGURIDAD SOCIAL:

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Publication date: 23 marzo 2020

Last updated: 12 abril 2023