the art of being legal


¿Qué pasa cuando agoto la IT y el INSS DENIEGA tarde la IP?

¿Qué pasa cuando agoto la IT y el INSS DENIEGA tarde la IP?
2:00

Sorprendente la noticia que nos ha hecho llegar la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) antes de ayer.

Ante el retraso de la propia Administración (INSS) en resolver las Incapacidades Permanentes (IP) o Absolutas (IA, que no inteligencia artificial), ésta resuelve que "la fiesta" la paga el trabajador.

Lo que está pasando es que el INSS resuelve tarde cuando un trabajador está de incapacidad temporal IT (a la espera de la IP), y el subsidio de incapacidad temporal se agota a los 545 debiendo entonces la empresa dar de baja al trabajador.

Cuando el INSS otorga la IP ningún problema. El problema viene ahora cuando el INSS deniega la IP y es necesario dar de alta al trabajador: ¿qué pasa entre el día 545 y la fecha que recibe la notifiación el trabajador?

Pues a partir de ahora la fiesta la paga el trabajador, ya no por Real Decreto, sino por Real-e-Mail enviado directamente a quienes estamos autorizados en el sistema red, entre ellos nosotros como gestión de nóminas.

De acuerdo con el mail que trancribimos más abajo la TGSS ha decidido que el trabajador tiene que suscribir un Convenio Especial a la Seguridad Social si no quiere perder la cotización entre el día en que se agota la IT (545 días) y la fecha que el trabajador reciba la notificación por la que le deniegan la IP.

Es decir, el fecuente retraso de la administración se lo hace pagar al ciudadano al que perjudica, y además con publicidad y alevosía, ya que lo hace con conocimiento de causa y envía un mail informativo.

No dudes en ponerte en contacto con nosotros si quieres recuperar esta cotización que el Estado te quiere hacer pagar y reclamar daños interponiendo una reclamación por responsabilidad patrimonial al Estado por la que, en este caso, se inicia con una reclamación adminitrativa y se acaba en la Jurisdicción Social como cualquier otro asunto laboral o de seguridad social.

Abogado laboralista Barcelona

Fecha de publicación: 31 mayo 2024

Última actualización: 15 junio 2024