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¿La empresa puede despedirme por beber alcohol en mi jornada laboral?

¿La empresa puede despedirme por beber alcohol en mi jornada laboral?
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despido improcedente por haber bebido cerveza en el trabajo

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (STSJ Comunidad de Madrid 594/2024) ha confirmado la improcedencia del despido de una trabajadora de un supermercado que fue despedida el 29 de junio de 2023 tras consumir una lata de cerveza de 50 cl durante su descanso.

La empresa justificó la decisión alegando que esta conducta constituía una falta grave, además de señalar una amonestación previa. Sin embargo, el Juzgado de lo Social nº 7 de Madrid concluyó que la compañía no logró demostrar que el consumo de alcohol afectara el rendimiento de la trabajadora o representara un riesgo para la actividad laboral.

Como resultado, el despido fue declarado improcedente, y la empresa fue condenada a readmitir a la empleada o indemnizarla con 55.245,13 €.

A pesar de que la compañía recurrió la sentencia, la Sala de lo Social ratificó el fallo, subrayando la importancia de valorar la proporcionalidad y la gravedad de la falta en cada caso concreto.

¿ CONSUMIR ALCOHOL DURANTE EN EL TRABAJO es siempre motivo de despido procedente?

Que un trabajador consuma alcohol durante su  jornada laboral o descanso no implica automáticamente que su despido sea procedente. Lo realmente relevante es si dicho consumo afecta su capacidad para desempeñar sus funciones de manera segura y eficiente.

Las empresas pueden establecer normas internas respecto al consumo de alcohol, algunas con política de tolerancia cero, mientras que otras pueden ser más permisivas dependiendo del sector y la cultura organizativa.

En trabajos donde la seguridad es un factor clave, como la operación de maquinaria pesada, la conducción de vehículos o la atención médica, el consumo de alcohol suele considerarse una falta muy grave debido al riesgo que supone para el propio trabajador y para terceros.

El artículo 54.f del Estatuto de los Trabajadores establece que ''la embriaguez habitual o la toxicomanía '' pueden ser causa de despido disciplinario, pero solo si repercuten negativamente en el trabajo. Esto significa que, si un trabajador consume alcohol en su descanso, pero no hay evidencia de que afecte su desempeño o ponga en peligro la actividad laboral de forma habitual, y por tanto el despido podría considerarse improcedente.

Esto ha sido respaldado en diversas sentencias judiciales, donde se ha determinado que el consumo ocasional de alcohol, sin pruebas de que genere un perjuicio para la empresa o para la seguridad del trabajador, no justifica un despido disciplinario.

Conclusiones:

La  legalidad del consumo de alcohol durante la jornada laboral o el descanso depende de múltiples factores. No es lo mismo un trabajador que toma una cerveza durante su pausa y sigue desempeñando sus funciones con normalidad, que otro cuya conducta afecte su productividad o ponga en riesgo la seguridad.

También influye decisivamente que la empresa tenga informada y pactada un política determinada o un determinado pacto contractual con el trabajador. Es decir, el acuerdo puede ser definitivo en el resultado de la sentencia.

Las empresas pues, antes de acometer el despido, deben valorar cada caso si su decisión es proporcional, y en su caso si es más razonable sancionar que despedir en función de la peligrosidad de la conducta y las normas internas que se hayan pactado.

Fecha de publicación: 26 febrero 2025

Última actualización: 28 febrero 2025