QUÉ ES LA LEY BECKHAM?
Se conoce por Ley Beckham el Régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español que regula la Ley del IRPF en su Artículo 93).
Es un régimen fiscal especial que ofrece la opción de acogerse a una mejor tributación para los que trasladan su residencia a España a causa de un trabajo. Se trata de un régimen fiscal muy ventajoso porque su principal propósito es ofrecer ventajas para atraer trabajadores cualificados a España.
Se conoce este régimen por Ley Beckham porque el futbolista David Beckham fue de las primeras personas en acogerse a los beneficios de este régimen.
CÓMO SE SOLICITA LA LEY BECKhAM?
- Es un régimen que es opcional
- Se puede optar mediante solititud ante la Agencia Tributaria demostrando que se cumplen los requisitos y la administración revisará la documentación que se presente emitiendo resolución.
- En el caso de que se apruebe, el régimen será de aplicación durante 6 años, aunque también se puede cancelar antes.
QUÉ BENEFICIOS ME OFRECE LA LEY BECKHAM?
- Tributación de los salarios a un tipo fijo del 24% hasta 600.000€ (47% a partir de ese importe)
- Sólo se tributa en España por la rentas obtenidas en España.
QUÉ REQUISITOS NECESITO PARA PODER SOLICITAR ACOGERSE A LA LEY BECKHAM?
- Sin residencia en España durante los últimos 5 años.
- Que exista un nuevo trabajo que justifique el traslado de la persona a España.
- Que el desplazamiento se produzca como:
- consecuencia de la realización en España de una actividad económica calificada como actividad emprendedora (artículo 70 de la Ley 14/2013, informe favorable emitido por ENISA).
- consecuencia de la realización en España de una actividad económica por parte de un profesional altamente cualificado que preste servicios a empresas emergentes en el sentido del artículo 3 de la Ley 28/2022.
- No pueden obtenerse rentas mediante un establecimiento permanente situado en territorio español.
- Es conveniente planificarlo porque es imprescindible cumplir con los plazos legales marcados por la ley.
VENTAJAS DE LA LEY BECKHAM:
- Tarifa plana 24% versus el posible 50% que como tipo impositivo tiene el régimen general
- La base imponible general (que incluye las rentas del trabajo, los alquileres, etc.) tributa a un tipo casi fijo del 24%, hasta un máximo de 600.000 euros. Lo que exceda de dicho importe tributa al 47%.
- Solo tributan rentas obtenidas en España.
- En el Impuesto de patrimonio sólo tributan los bienes situados en España.
- No hay obligación de presentar el modelo 720 o Declaración de bienes en el extranjero.
Base liquidable – Euros |
Tipo aplicable – Porcentaje |
Hasta 600.000 euros. |
24 |
Desde 600.000,01 euros en adelante. |
47 |
Por su parte, a los dividendos, intereses, y otras ganancias derivadas de la transmisión de acciones o participaciones de sociedades españolas, les resultará de aplicación una escala impositiva, que, aunque sea progresiva, es más favorable que la que se aplica al régimen general:
Base liquidable del ahorro – Hasta euros |
Cuota íntegra – Euros |
Resto base liquidable del ahorro – Hasta euros |
Tipo aplicable – Porcentaje |
0 |
0 |
6.000 |
19 |
6.000,00 |
1.140 |
44.000 |
21 |
50.000,00 |
10.380 |
150.000 |
23 |
200.000,00 |
44.880 |
En adelante. |
26 |
DESVENTAJAS DE LA LEY BECKHAM:
- Doble imposición: no pueden aplicarse los convenios de doble imposición.
- No hay derecho a aplicarse deducciones por gastos como se aplica en el régimen normal
- Tampoco es posible la exención de la indemnización por despido
- No hay derecho a la deducción por mínimo de descendientes o familiares.
CÓMO PUEDE AYUDARTE NUESTRO ASESOR FISCAL CON LA LEY BECKHAM
Nuestro asesor fiscal debe comentar tu situación contigo para situarse en tu caso y poder comentarte si tienes más ventajas que desventajas.
Realizado el análisis previo nuestros fiscalistas estudiarán si cumples con todos los requisitos, y si es así te ayudaremos con la solicitud ante la Agencia Tributaria para que se presente correctamente, de lo contrario no se podrá volver a presentar.
Contacta con nosotros para que podamos ayudarte: https://www.conesalegal.com/es/
Alessandro Scherini - Asesor Fiscal en Barcelona.