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Registro salarial o Registro Retributivo obligatorio en las empresas

El artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores impone la obligación que las empresas realicen un registro salarial, al objetio de garantizar la transparencia en la configuración de las percepciones en las empresa, de manera fiel y actualizada, y un adecuado acceso a la información retributiva de las empresas,

A su vez, el artículo 5 a 8 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres establece las obligaciones del Registro retributivo y de la Auditoría salarial.

Josep Conesa. abogado laboralista (Barcelona)

 

Redactado por Josep Conesa

Abogado laboral y concursal

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Para qué sirve el registro retributivo

El Registro Retributivo sirve para evitar diferencias salariales que tengan base en la discriminación género, lo que supondría una vulneración del principio o derecho fundamental a la igualdad.

Las empresas de menos de 50 trabajadores, cuando realizado el Registro Retributivo aprecie una diferencia del 25% o más en el promedio de de las retribuciones entre géneros, deberán incluir en el mismo una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo de las personas trabajadoras.

Quién tiene que hacer el registro retributivo

Todas las empresas, al margen de su tamaño, tienen la obligación de realizar el Registro Retributivo.

Qué es el Registro retributivo

El Registro retributivo es el documentos en el que se recogen los datos salariales de toda la plantilla, incluido el personal directivo, mediante la elaboración documentada de los datos promediados y desglosados.

Cómo se hace el Registro Retributivo

El Registro Retributivo debe realizarse con previa consulta a la representación legal de las personas trabajadoras con una antelación de al menos diez días. De igual forma si hay que realizar modificaciones.

Si no hay representantes la empresa deberá realizarlo unilateralmente.

Qué contiene el registro retributivo

El Registro Retributivo deberá... tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas...

... desgregar y distribuir...

  • por sexo
  • por grupos profesionales
  • por categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor

... e incluir en el Registro los valores medios...

Concepto salarial normalizable y anualizable en el registro salarial:

En el plan de igualdad hay que normalizar o anualizar los conceptos salariales del registro retributivo:

  • Normalizar es transformar las cantidades de manera que resulten comparables atendiendo al criterio de porcentaje de jornada.
  • Anualizar es transformar las cantidades de manera que resulten comparables atendiendo al criterio de conceptos equiparables en servicios prestados a lo largo de un año.

Ejemplo:

Quién y cómo puede acceder al registro retributivo

Acceso al registro retributivo con los representantes de los trabajadores

Las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al registro salarial de su empresa de forma íntegra, a través de la representación legal de los trabajadores.

¿lOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES PUEDEN ACCEDER A LOS DATOS salariales DEL PLAN DE IGUALDAD O DE LA AUDITORIA SALARIAL?

Acceso al registro retributivo sin los representantes de los trabajadores

Si no hay, no se puede acceder, con los RRTT la empresa no tiene la obligación de facilitar los datos promediados respecto a las cuantías efectivas de las retribuciones que constan en el registro, sino que la información debe limitarse a las diferencias porcentuales que existieran en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres.

Esta información también deberán estar desagregadas:

  • por la naturaleza de la retribución
  • por el sistema de clasificación aplicable

Obligación de publicar los salarios de hombres y mujeres en empresas de más de 100 trabajadores:

La nueva Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se refuerza la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor a través de medidas de transparencia retributiva y de mecanismos para su efectivo cumplimiento, obliga a las empresas de más de 100 trabajadores a publicar de forma periódica los salarios que pagan tanto a hombres como a mujeres que estén en un mismo puesto.

El objetivo de esta Directiva es estrechar la brecha salarial entre hombres y mujeres que está actualmente en 2023 en el 13% en detrimento de las mujeres.

Además, tendrán que:

  • realizar la evaluación junto a los representantes de los trabajadores,
  • la directiva prevé que los trabajadores puedan pedir a su empleador información sobre su nivel de salario y la media que paga al resto de empleados que hagan el mismo trabajo
  • las empresas estarán obligadas a informar del salario que van a pagar cuando saquen una vacante o cuando realicen una entrevista de trabajo al futuro empleado,
  • las empresas no podrán preguntar a los candidatos por su historial salarial.
  • Aquellos trabajadores que hayan sido discriminados por razones de género tendrán derecho a recibir compensación, incluyendo con la recuperación retroactiva de sueldo y otros bonus o remuneraciones.

Cada cuánto hay que hacer el Registro Retributivo

Todas las empresas tienen que realizar el Registro Retrivutivo cada año natural.

Si hubieran alteraciones sustanciales de cualquiera de los elementos que integran el registro retributivo deberán actualizarlo, modificarlo, para garantizar que se cumplan con la finalidad del mismo, es decir, garantizar la transparencia en la configuración de las percepciones, de manera fiel y actualizada, y un adecuado acceso a la información retributiva de las empresas.

Diferencia entre el Registro Retributivo y la Auditoría Salarial

Consulta en el siguiente link las diferencias entre el Registro Retributivo y la Auditoría Salarial.

Igualdad logo

Presupuesto y precio plan de igualdad

Desde Conesa Legal, ofrecemos el servicio de preparar dicho Registro de Salarios, haciendo una valoración de los datos obtenidos, analizando la posible justificación en el supuesto de diferencias evidenciando que la misma no responda a motivos relacionados con el sexo de las personas trabajadoras. Pídanos presupuesto en el siguiente enlace:

Plan-de-Igualdad-xx-1-1

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Fecha de publicación: 12 agosto 2019

Última actualización: 18 septiembre 2024